Desde 2025, quien rebasa cualquiera de los dos umbrales queda obligado a implementar un sistema de gestión de la energía con base en ISO 50001, inscribirse en el Registro UPAC y reportar consumo y producción con periodicidad mensual. El cálculo ocurre en tu navegador: no se envía ni se guarda ningún dato.
Los dos criterios son independientes y basta con rebasar uno. Se evalúa por instalación, no por corporativo: si tu grupo tiene varias plantas, corre el ejercicio una vez por cada una.
Los valores de ejemplo son de una planta ficticia. Reemplázalos con los de tu factura.
Los valores precargados son los de la Lista de combustibles y sus poderes caloríficos que publica la CONUEE. Si tu factura de gas reporta el poder calorífico real, o si conoces la densidad de tu combustóleo o de tu gas LP, úsalos: el resultado es más defendible.
Los dos criterios son independientes: basta rebasar uno.
| Energético | Consumo anual | Factor | bpe al año |
|---|
Tres obligaciones que el Reglamento señala como nuevas. Ninguna se resuelve en una tarde.
Inscripción obligatoria. Y la baja exige haber acreditado antes el sistema de gestión: dejar de rebasar el umbral no basta para salir.
Un polígono con coordenadas geodésicas del Sistema Geodésico Mundial, en archivo georreferenciado. Toma tiempo levantarlo bien.
Con elementos mínimos verificables, y reporte de consumo y producción con periodicidad mensual: obliga a submedición todo el año.
Una línea base defendible necesita al menos un ciclo completo de operación con datos medidos, y una implementación completa toma entre 12 y 24 meses. Si estás en zona de vigilancia, el ejercicio conviene hacerlo ahora, con calma: llegar tarde encarece cada etapa.
Factores de conversión. Tomados de la Lista de combustibles y sus poderes caloríficos que publica la CONUEE para identificar a los Usuarios de Patrón de Alto Consumo. Cada factor es el poder calorífico neto del energético dividido entre el barril equivalente de referencia. Los valores precargados corresponden a la edición vigente. La lista se actualiza cada año en el Diario Oficial de la Federación: para una determinación formal, confirma los valores contra la edición vigente.
Aviso. Es una herramienta informativa de estimación. No constituye asesoría legal ni sustituye la determinación formal ante la CONUEE. El alcance exacto de las obligaciones depende del perfil de cada instalación y del texto vigente al momento de su aplicación.
Privacidad. Todo el cálculo ocurre en tu navegador. Los datos que capturas no se envían a ningún servidor, no se guardan y no quedan registrados.
Te la enviamos a tu correo. Comparativo artículo por artículo, las tres obligaciones nuevas del Reglamento, lo que prevé la ley en sanciones, el umbral que baja en 2027 y un autodiagnóstico de catorce preguntas.
La enviamos a tu correo. Suele llegar en menos de un minuto; si no aparece, revisa la carpeta de correo no deseado.
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