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Régimen UPAC · CONUEE

¿Mi empresa es UPAC?

Dos umbrales, y basta con rebasar uno.

Una instalación es Usuario de Patrón de Alto Consumo si consume 45 GWh o más de electricidad al año, o 100,000 barriles de petróleo equivalente o más en combustibles. Ese segundo umbral baja a 70,000 bpe a partir de 2027. El conteo es por instalación, no por corporativo.

El cambio de fondo

Durante diez años fue voluntario. Desde 2025 es obligatorio.

No es una interpretación: es una palabra que se reescribió en la ley. La frase mantiene el mismo verbo, el mismo sujeto y el mismo objeto. Cambió el adjetivo.

Antes

Ley de Transición Energética · 2015

Artículo 18, fracción XVII

«Promover y concertar, con los usuarios de patrón de alto consumo de energía, la instrumentación voluntaria de sistemas de gestión energética»

Ahora

Ley de Planeación y Transición Energética · 2025

Artículo 11, fracción XV · DOF 18 de marzo de 2025

«Promover y concertar, con los Usuarios de Patrón de Alto Consumo de energía, la instrumentación obligatoria de sistemas de gestión energética de acuerdo con las disposiciones que para tal efecto emita»

Y el Reglamento lo hace explícito. Publicado el 3 de octubre de 2025, su artículo 88, fracción V, instruye a la CONUEE a emitir las disposiciones que contengan «los elementos para la implementación obligatoria de los sistemas de gestión de la energía, que por lo menos, consideren lo establecido en el estándar ISO 50001: Sistemas de gestión de la energía». Es la primera vez que una norma mexicana de ese rango nombra la ISO 50001 como referencia mínima de una obligación.
El andamiaje

Los cinco artículos que arman el régimen.

El Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2025, ordena las obligaciones del régimen UPAC en un bloque de artículos.

88

Las disposiciones

La CONUEE debe emitir las disposiciones administrativas de carácter general para los UPAC. Su fracción V ordena la implementación obligatoria del SGEn conforme a ISO 50001.

89

La información

Qué debe reportarse: el consumo por tipo de energético y las medidas de eficiencia implementadas.

90 · 91

El registro

La CONUEE implementa el Registro UPAC, y los usuarios que rebasan el umbral deben inscribirse en él.

98

La salida

La cancelación del registro procede después de tres años, y solo si se acreditó la implementación del sistema de gestión conforme al artículo 88, fracción V.

Vale la pena leer el 98 dos veces. Para salir del registro no basta con dejar de rebasar el umbral: hay que haber cumplido antes con el sistema de gestión.
La respuesta corta

Los dos umbrales, y cómo se cuentan.

La Ley de Planeación y Transición Energética y su Reglamento definen como Usuario de Patrón de Alto Consumo a la instalación que, en el año calendario anterior, rebasó cualquiera de estos dos límites. No hay que rebasar los dos: con uno basta.

45 GWh
o más de electricidad al año
100,000 bpe
o más en combustibles al año, en barriles de petróleo equivalente
A partir de 2027 el umbral de combustibles baja a 70,000 bpe. Lo confirmó la CONUEE. Es una reducción del 30%, y significa que instalaciones hoy fuera del régimen van a quedar dentro.
Revisar mis números
Cómo se hace el cálculo
Instalación por instalación
El umbral se evalúa por sitio, no por grupo corporativo. Una planta puede estar dentro y la de al lado fuera.
La electricidad, de las facturas
Suma los doce meses de consumo facturado de la instalación. Es el dato más fácil de obtener y el que descarta o confirma más rápido.
Los combustibles, convertidos a BEP
Gas natural, gas LP, diésel, combustóleo y cualquier otro energético se llevan a una unidad común —el barril equivalente de petróleo— mediante su poder calorífico, y se suman.
Se revisa cada año
El consumo sigue a la producción. Un turno adicional, una línea nueva o un cambio de proceso pueden cruzar el umbral sin que nadie lo advierta.
Herramienta

Calcula tus umbrales con tus propias cifras.

Captura los consumos de tu factura y la herramienta los convierte a barriles equivalentes. Sin registro: el cálculo ocurre en tu navegador.

Abrir la calculadora
Qué implica

Tres obligaciones nuevas, y una que se volvió mensual.

Los artículos 88 y 89 del Reglamento reordenan por completo lo que se le pide a un Usuario de Patrón de Alto Consumo. La CONUEE marca tres de ellas como obligaciones nuevas respecto del régimen anterior.

Nueva obligación

Inscripción al Registro UPAC

Con especificaciones sobre el procedimiento de baja y de reinscripción. Dejar de rebasar el umbral no basta para salir: el artículo 98 condiciona la baja a haber acreditado antes el sistema de gestión.

Nueva obligación

Georreferenciación de las instalaciones

Un polígono delimitado por coordenadas geodésicas del Sistema Geodésico Mundial, señalizadas en un archivo georreferenciado. Es un requisito técnico que casi nadie tiene resuelto y que toma tiempo levantar.

Nueva obligación

Implementación del SGEn

Elementos mínimos obligatorios con base en la norma ISO 50001. Es el corazón del cambio: lo que antes era una recomendación voluntaria ahora es un requisito con elementos mínimos definidos.

Lo que hay que reportar

Y el reporte pasó a periodicidad mensual.

Esta es la parte que más subestiman las organizaciones. No es un informe anual: el Reglamento pide periodicidad mensual del consumo y de la producción, lo que obliga a tener un sistema de captura funcionando todo el año.

Localización y actividad

Ubicación de la instalación y la actividad productiva o de servicios que desarrolla.

Energía consumida por tipo

Desglosada por energético: electricidad, gas natural, gas LP, diésel, combustóleo y los demás que se usen.

Producción generada con esa energía

La producción o los servicios generados. Es lo que permite construir un indicador de desempeño y no solo un total de consumo.

Medidas implementadas

Las medidas de eficiencia energética y de descarbonización que se hayan puesto en marcha.

$

Resultados energéticos y económicos

No basta con declarar la medida: hay que reportar lo que produjo, en energía y en dinero.

Periodicidad mensual

Del consumo y de la producción. Sin submedición ni registro sistemático, este requisito por sí solo obliga a instrumentar.

Vigilancia. El Reglamento faculta a la autoridad para verificar y sancionar a las instalaciones y a los suministradores que no cumplen. La captura anual de información de consumo se realiza en la ventana del 1 de marzo al 30 de junio, en el portal de la CONUEE.
Lo que se publica en 2026

La obligación ya existe. Las reglas finas llegan este año.

La ley y el reglamento ya obligan. Lo que falta son las Disposiciones Administrativas de Carácter General en relación con los Usuarios de Patrón de Alto Consumo —las DACG—, que la CONUEE tiene programadas para publicarse en 2026 y que cerrarán cuatro puntos.

01

Criterios para ser UPAC

La definición formal de quién queda dentro del régimen, con los umbrales y su forma de cálculo.

02

Inscripción al Registro

Requisitos y procedimiento para darse de alta, de baja y reinscribirse en el Registro UPAC.

03

Información obligatoria

El detalle de qué se reporta, en qué formato y con qué periodicidad.

04

Elementos del SGEn

Los elementos mínimos que debe contener el sistema de gestión de la energía para darse por cumplido.

Lo que se anticipa del sistema

Qué se va a pedir del sistema de gestión.

Estos son los elementos que se anticipan del proyecto de disposiciones. Todavía no son exigibles, y los publicamos porque quien empiece a prepararse ahora llega a la publicación con ventaja.

80%

Cobertura mínima

Que el sistema cubra al menos el 80% del consumo energético total de la instalación.

3

Revisión energética vigente

Objetivos y metas con base en una revisión energética no mayor a tres años.

IDEn sobre los USEn

Indicadores de desempeño energético sobre los usos significativos de energía, con su plan de acción de mejora.

Controles y mantenimiento

Conforme a la actividad sustantiva y al alcance de los procesos dentro del sistema.

Información documentada

La que solicita la norma ISO 50001 vigente, o su equivalente en México.

5-15%

Y el otro lado

Un sistema bien operado produce reducciones del orden del 5 al 15% del consumo. La obligación pone la fecha; el ahorro paga la factura.

Estos requisitos aún no son ley. Cuando las disposiciones aparezcan en el Diario Oficial actualizamos esta página y la guía descargable.
Documento gratuito

De voluntario a obligatorio

Guía corporativa de 19 páginas con el comparativo artículo por artículo, las tres obligaciones nuevas del Reglamento, lo que prevé la ley en sanciones, el umbral que baja en 2027, los AVEE y un autodiagnóstico de catorce preguntas. Te la enviamos a tu correo.

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Para quien todavía no está dentro

Si estás cerca del umbral, conviene mirarlo desde ahora.

Ya no es una hipótesis. La CONUEE confirmó que a partir de 2027 el umbral de combustibles baja de 100,000 a 70,000 barriles de petróleo equivalente al año. Es una reducción del 30%, y significa que el universo de instalaciones obligadas se amplía.

No lo decimos para alarmar: lo decimos porque el costo de anticiparse es bajo y el de llegar tarde no lo es. Si tu instalación consume hoy entre 70,000 y 100,000 bpe en combustibles, conviene hacer el ejercicio ahora, con calma. Hay cuatro razones para ello.

Revisar qué tan cerca estoy
Cuatro razones para adelantarse
Entrar tarde cuesta más
Quien queda dentro cuando la obligación ya es exigible tiene que construir en meses un sistema que necesita al menos un ciclo completo de datos medidos. La línea base no se reconstruye hacia atrás si esos datos no existen, y comprimir el proyecto encarece cada etapa.
La oferta técnica es finita
Cuando el paraguas se amplíe en 2027, la demanda de consultores y de días-auditor de los organismos certificadores se concentra en una misma ventana. Los calendarios se saturan y las tarifas responden a eso.
A ese nivel de consumo, la eficiencia ya se paga sola
Una instalación que ronda los umbrales gasta en energía una cifra que suele estar entre sus tres costos controlables más grandes. Un sistema de gestión bien operado reduce entre 5 y 15% ese consumo. La obligación es una razón; el ahorro es otra, y no depende de ninguna ley.
Estar cerca del umbral casi siempre significa crecer
El consumo sigue a la producción. Sin medición, es imposible saber si el aumento viene del crecimiento o del desperdicio —y por lo tanto imposible defender el costo energético por unidad producida ante la dirección o ante un cliente que pide datos de huella.
Marco regulatorio

Dónde estamos parados en el calendario.

La obligación no llegó de golpe: viene con un calendario, y ese calendario es lo que define cuánto margen queda para implementar con orden en lugar de a marchas forzadas.

18 de marzo de 2025
Se publica la LPTE en el DOF
La instrumentación del sistema de gestión pasa de voluntaria a obligatoria.
3 de octubre de 2025
Entra en vigor el Reglamento
Registro UPAC, georreferenciación e implementación del SGEn con base en ISO 50001. Artículos 88 y 89.
1 de marzo al 30 de junio
Ventana anual de captura
Periodo para registrar los consumos térmicos y eléctricos en el portal de la CONUEE.
Durante 2026
Publicación de las DACG
Criterios para ser UPAC, procedimiento de inscripción, información obligatoria y elementos mínimos del sistema de gestión.
La aritmética del calendario: una línea base energética defendible necesita al menos un ciclo completo de operación con datos medidos, y una implementación completa toma entre 12 y 24 meses. Con las disposiciones publicándose este año y el umbral bajando en 2027, la ventana para hacerlo con orden —y no a marchas forzadas— es la que está abierta ahora.
Dónde suele ocurrir

Los umbrales se alcanzan antes de lo que la gente cree.

Cuarenta y cinco gigawatts-hora al año suenan a mucho hasta que se traducen a una operación continua de tres turnos. Estos son los perfiles donde con más frecuencia encontramos instalaciones dentro del régimen.

Cemento y materiales

Hornos, molienda y transporte neumático en operación continua.

Siderurgia y fundición

Hornos de arco, tratamientos térmicos y sistemas de aire comprimido.

Química y petroquímica

Procesos térmicos, vapor de proceso y refrigeración industrial.

Alimentos y bebidas

Refrigeración, pasteurización, generación de vapor y aire comprimido.

Papel y cartón

Secado, vapor y accionamientos de gran potencia.

Vidrio y cerámica

Hornos de fusión operando sin interrupción durante años.

Automotriz y metalmecánica

Pintura, hornos de curado, aire comprimido y grandes naves climatizadas.

Azucareras y agroindustria

Molienda, evaporación y cogeneración de temporada.

Hospitales y centros de datos

Operación 24/7 con climatización crítica y redundancia eléctrica.

Preguntas frecuentes

Sobre el régimen UPAC.

¿Desde cuándo es obligatorio el sistema de gestión de la energía?
Desde el 18 de marzo de 2025, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Planeación y Transición Energética. Su artículo 11, fracción XV, instruye a la CONUEE a promover y concertar con los Usuarios de Patrón de Alto Consumo la instrumentación obligatoria de sistemas de gestión energética. La ley anterior, la Ley de Transición Energética de 2015, decía en su artículo 18, fracción XVII, exactamente lo mismo pero con la palabra voluntaria. El Reglamento, publicado el 3 de octubre de 2025, lo confirma en su artículo 88, fracción V, y nombra explícitamente el estándar ISO 50001.
¿Qué es un UPAC?
UPAC significa Usuario de Patrón de Alto Consumo. Es la categoría que la regulación mexicana de eficiencia energética asigna a las instalaciones cuyo consumo anual supera cierto umbral. Una vez dentro de esa categoría, la instalación queda sujeta a obligaciones específicas ante la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, entre ellas operar un Sistema de Gestión de la Energía conforme a ISO 50001.
¿Cuáles son los umbrales exactos?
Son dos y basta con rebasar uno. El primero es de 45 gigawatts-hora o más de energía eléctrica al año. El segundo es de 100,000 barriles equivalentes de petróleo o más al año en combustibles, sumando gas natural, gas LP, diésel, combustóleo y cualquier otro energético que se consuma en la instalación, convertido a esa unidad común mediante su poder calorífico.
¿El umbral se cuenta por empresa o por instalación?
Por instalación. Es la distinción que más confusión genera en los corporativos: un grupo puede tener una planta muy por encima del umbral, otra justo debajo y una tercera lejos de alcanzarlo, y cada una se evalúa por separado. Conviene hacer el ejercicio sitio por sitio antes de concluir que la obligación no aplica.
¿Qué pasa si estoy justo debajo del umbral?
Vale la pena revisarlo con cuidado y volver a revisarlo cada año. El consumo crece con la producción, y una ampliación de línea, un turno adicional o la sustitución de un proceso puede cruzar el umbral sin que nadie lo note. Entrar al régimen sin haberlo previsto deja poco margen, porque un Sistema de Gestión de la Energía necesita al menos un ciclo completo de datos para sostenerse.
¿Ser UPAC me obliga a certificarme en ISO 50001?
El Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética obliga a los Usuarios de Patrón de Alto Consumo a operar un Sistema de Gestión de la Energía conforme a ISO 50001. Lo que se exige es que el sistema exista, opere y sea demostrable ante la verificación. La certificación por un organismo acreditado es la forma más sólida de demostrarlo, y es la ruta que siguen la mayoría de las organizaciones.
¿Cuánto tiempo necesito para estar listo?
Entre 12 y 24 meses para una organización de tamaño medio, desde el análisis de brecha hasta tener el sistema operando y auditado. El plazo depende sobre todo de dos cosas: si existen datos históricos de consumo confiables y qué tan medida está la operación hoy. Una planta sin submedición necesita instrumentarse antes de poder establecer una línea base defendible.
¿Qué pasa si no cumplo?
El Reglamento contempla sanciones para los Usuarios de Patrón de Alto Consumo que incumplan sus obligaciones. Más allá de la multa, el costo real suele ser operativo: llegar tarde a la verificación obliga a implementar a marchas forzadas un sistema que necesita al menos un año de datos para sostenerse, y eso sale más caro que haberlo hecho con tiempo.
¿Qué sanciones prevé la ley?
La Ley de Planeación y Transición Energética establece que los Usuarios de Patrón de Alto Consumo que cometan las faltas señaladas en ella deben ser sancionados por la CONUEE. Para el incumplimiento en la entrega de información —no proporcionarla, o entregarla falsa o incompleta— la ley prevé multas expresadas en veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, en un rango de cien a mil veces la UMA. El catálogo específico de conductas aplicable a los UPAC y el procedimiento de verificación se detallarán en las disposiciones administrativas de carácter general que la CONUEE tiene en preparación. Por su parte, el Reglamento ya establece que la verificación a los UPAC se dirige a los sistemas de gestión y a los registros de medición y reporte.
¿Puede cambiar el umbral y ampliarse el universo de empresas obligadas?
Sí, y ya está confirmado. La CONUEE estableció que a partir de 2027 el umbral de combustibles baja de 100,000 a 70,000 barriles de petróleo equivalente al año. Es una reducción del 30%: instalaciones que hoy quedan fuera del régimen pasarán a estar dentro. El umbral eléctrico de 45 GWh se mantiene. Por eso conviene que las organizaciones que hoy consumen entre 70,000 y 100,000 bpe empiecen a revisar el tema desde ahora: quien entra al régimen cuando la obligación ya es exigible tiene que construir en meses un sistema que necesita al menos un ciclo completo de datos medidos, y eso encarece cada etapa del proyecto.
¿Cuándo se reportan los consumos a la CONUEE?
La captura de la información de consumos térmicos y eléctricos se realiza en una ventana anual que va del 1 de marzo al 30 de junio, en el portal de la CONUEE. Además, el Reglamento establece que la información de consumo y de producción debe llevarse con periodicidad mensual —no es un informe que se arma una vez al año, sino un registro continuo que después se reporta. Ese requisito por sí solo obliga a tener submedición y un sistema de captura funcionando todo el año.
¿Qué es la georreferenciación de instalaciones y por qué es nueva?
Es una de las tres obligaciones que la CONUEE señala como nuevas en el régimen. Consiste en delimitar la instalación mediante un polígono de coordenadas geodésicas del Sistema Geodésico Mundial, señalizadas en un archivo georreferenciado. No es un trámite trivial: hay que levantar el polígono con precisión y en el formato correcto, y es de las cosas que conviene resolver con tiempo porque nadie la tiene lista de antemano.
¿Qué son los AVEE y me sirven si todavía no soy UPAC?
Los Acuerdos Voluntarios de Eficiencia Energética son un instrumento de la CONUEE abierto no solo a los UPAC, sino también a grandes y medianos consumidores de energía. Dan acceso a capacitación y asistencia técnica para identificar medidas de eficiencia y para implementar sistemas de gestión de la energía, además de reconocimiento público. La propia CONUEE los presenta como un apoyo relevante al cumplimiento de la obligatoriedad de contar con un Sistema de Gestión de la Energía. El programa pasó de 2 acuerdos firmados entre 2017 y 2020 a 38 en el ciclo 2025-2026. Para una empresa cercana al umbral es una vía razonable de empezar: el trabajo que se hace no se pierde, es el mismo que después se acredita.
¿Por dónde empiezo si creo que soy UPAC?
Por dos números: el consumo eléctrico anual de la instalación, que sale de las facturas, y el consumo anual de combustibles convertido a barriles equivalentes de petróleo. Con eso ya sabes si estás dentro. El siguiente paso es un análisis de brecha contra los requisitos de ISO 50001, que dice qué tan lejos está la operación de lo que la norma exige.
Una puerta que sigue abierta

Los Acuerdos Voluntarios de Eficiencia Energética.

Mientras la obligación termina de aterrizar, la CONUEE mantiene un instrumento voluntario que vale la pena conocer: los AVEE. Y no está reservado a los UPAC —está abierto también a grandes y medianos consumidores de energía.

Ahorro térmico y eléctrico

El objetivo declarado del instrumento: reducir el consumo de las dos formas de energía, con acompañamiento técnico.

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Ahorro económico

La consecuencia directa del anterior, y el argumento que sostiene el caso ante la dirección.

CO₂

Reducción de emisiones

Menos consumo es menos huella. Sirve para los reportes de sostenibilidad que piden los clientes de exportación.

Capacitación y asistencia técnica

Para identificar medidas de eficiencia energética y para implementar sistemas de gestión de la energía.

Reconocimiento público

Como empresa comprometida con la eficiencia energética.

Apoyo al cumplimiento del SGEn

La propia CONUEE lo señala como apoyo relevante al cumplimiento de la obligatoriedad de contar con un Sistema de Gestión de la Energía.

Por qué importa si todavía no eres UPAC. El programa creció de 2 acuerdos firmados entre 2017 y 2020, a 14 entre 2020 y 2024, a 38 en el ciclo 2025–2026, y ese último ciclo se abrió explícitamente a UPAC, grandes y medianos consumidores. Es una vía para empezar a construir el sistema con acompañamiento, antes de que la obligación llegue —y el trabajo hecho no se pierde: es el mismo que después se acredita.
Si la respuesta fue sí

Estar dentro del régimen tiene un camino conocido.

No hay que resolverlo todo de una vez. El orden importa más que la velocidad, y empieza por saber dónde se va la energía.

Conversemos

¿Estás dentro del régimen o no?

Con el consumo eléctrico anual y el de combustibles de cada instalación lo resolvemos en una llamada. Si estás dentro, te decimos qué sigue y en qué orden.

HorarioLunes a viernes · 8:00 – 18:00 h

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