Una instalación es Usuario de Patrón de Alto Consumo si consume 45 GWh o más de electricidad al año, o 100,000 barriles de petróleo equivalente o más en combustibles. Ese segundo umbral baja a 70,000 bpe a partir de 2027. El conteo es por instalación, no por corporativo.
No es una interpretación: es una palabra que se reescribió en la ley. La frase mantiene el mismo verbo, el mismo sujeto y el mismo objeto. Cambió el adjetivo.
Artículo 18, fracción XVII
«Promover y concertar, con los usuarios de patrón de alto consumo de energía, la instrumentación voluntaria de sistemas de gestión energética»
Artículo 11, fracción XV · DOF 18 de marzo de 2025
«Promover y concertar, con los Usuarios de Patrón de Alto Consumo de energía, la instrumentación obligatoria de sistemas de gestión energética de acuerdo con las disposiciones que para tal efecto emita»
El Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2025, ordena las obligaciones del régimen UPAC en un bloque de artículos.
La Ley de Planeación y Transición Energética y su Reglamento definen como Usuario de Patrón de Alto Consumo a la instalación que, en el año calendario anterior, rebasó cualquiera de estos dos límites. No hay que rebasar los dos: con uno basta.
Captura los consumos de tu factura y la herramienta los convierte a barriles equivalentes. Sin registro: el cálculo ocurre en tu navegador.
Los artículos 88 y 89 del Reglamento reordenan por completo lo que se le pide a un Usuario de Patrón de Alto Consumo. La CONUEE marca tres de ellas como obligaciones nuevas respecto del régimen anterior.
Con especificaciones sobre el procedimiento de baja y de reinscripción. Dejar de rebasar el umbral no basta para salir: el artículo 98 condiciona la baja a haber acreditado antes el sistema de gestión.
Un polígono delimitado por coordenadas geodésicas del Sistema Geodésico Mundial, señalizadas en un archivo georreferenciado. Es un requisito técnico que casi nadie tiene resuelto y que toma tiempo levantar.
Elementos mínimos obligatorios con base en la norma ISO 50001. Es el corazón del cambio: lo que antes era una recomendación voluntaria ahora es un requisito con elementos mínimos definidos.
Esta es la parte que más subestiman las organizaciones. No es un informe anual: el Reglamento pide periodicidad mensual del consumo y de la producción, lo que obliga a tener un sistema de captura funcionando todo el año.
Ubicación de la instalación y la actividad productiva o de servicios que desarrolla.
Desglosada por energético: electricidad, gas natural, gas LP, diésel, combustóleo y los demás que se usen.
La producción o los servicios generados. Es lo que permite construir un indicador de desempeño y no solo un total de consumo.
Las medidas de eficiencia energética y de descarbonización que se hayan puesto en marcha.
No basta con declarar la medida: hay que reportar lo que produjo, en energía y en dinero.
Del consumo y de la producción. Sin submedición ni registro sistemático, este requisito por sí solo obliga a instrumentar.
La ley y el reglamento ya obligan. Lo que falta son las Disposiciones Administrativas de Carácter General en relación con los Usuarios de Patrón de Alto Consumo —las DACG—, que la CONUEE tiene programadas para publicarse en 2026 y que cerrarán cuatro puntos.
Estos son los elementos que se anticipan del proyecto de disposiciones. Todavía no son exigibles, y los publicamos porque quien empiece a prepararse ahora llega a la publicación con ventaja.
Que el sistema cubra al menos el 80% del consumo energético total de la instalación.
Objetivos y metas con base en una revisión energética no mayor a tres años.
Indicadores de desempeño energético sobre los usos significativos de energía, con su plan de acción de mejora.
Conforme a la actividad sustantiva y al alcance de los procesos dentro del sistema.
La que solicita la norma ISO 50001 vigente, o su equivalente en México.
Un sistema bien operado produce reducciones del orden del 5 al 15% del consumo. La obligación pone la fecha; el ahorro paga la factura.
Guía corporativa de 19 páginas con el comparativo artículo por artículo, las tres obligaciones nuevas del Reglamento, lo que prevé la ley en sanciones, el umbral que baja en 2027, los AVEE y un autodiagnóstico de catorce preguntas. Te la enviamos a tu correo.
Ya no es una hipótesis. La CONUEE confirmó que a partir de 2027 el umbral de combustibles baja de 100,000 a 70,000 barriles de petróleo equivalente al año. Es una reducción del 30%, y significa que el universo de instalaciones obligadas se amplía.
No lo decimos para alarmar: lo decimos porque el costo de anticiparse es bajo y el de llegar tarde no lo es. Si tu instalación consume hoy entre 70,000 y 100,000 bpe en combustibles, conviene hacer el ejercicio ahora, con calma. Hay cuatro razones para ello.
Revisar qué tan cerca estoyLa obligación no llegó de golpe: viene con un calendario, y ese calendario es lo que define cuánto margen queda para implementar con orden en lugar de a marchas forzadas.
Cuarenta y cinco gigawatts-hora al año suenan a mucho hasta que se traducen a una operación continua de tres turnos. Estos son los perfiles donde con más frecuencia encontramos instalaciones dentro del régimen.
Hornos, molienda y transporte neumático en operación continua.
Hornos de arco, tratamientos térmicos y sistemas de aire comprimido.
Procesos térmicos, vapor de proceso y refrigeración industrial.
Refrigeración, pasteurización, generación de vapor y aire comprimido.
Secado, vapor y accionamientos de gran potencia.
Hornos de fusión operando sin interrupción durante años.
Pintura, hornos de curado, aire comprimido y grandes naves climatizadas.
Molienda, evaporación y cogeneración de temporada.
Operación 24/7 con climatización crítica y redundancia eléctrica.
Mientras la obligación termina de aterrizar, la CONUEE mantiene un instrumento voluntario que vale la pena conocer: los AVEE. Y no está reservado a los UPAC —está abierto también a grandes y medianos consumidores de energía.
El objetivo declarado del instrumento: reducir el consumo de las dos formas de energía, con acompañamiento técnico.
La consecuencia directa del anterior, y el argumento que sostiene el caso ante la dirección.
Menos consumo es menos huella. Sirve para los reportes de sostenibilidad que piden los clientes de exportación.
Para identificar medidas de eficiencia energética y para implementar sistemas de gestión de la energía.
Como empresa comprometida con la eficiencia energética.
La propia CONUEE lo señala como apoyo relevante al cumplimiento de la obligatoriedad de contar con un Sistema de Gestión de la Energía.
No hay que resolverlo todo de una vez. El orden importa más que la velocidad, y empieza por saber dónde se va la energía.
El diagnóstico que produce la línea base y los usos significativos de energía sobre los que se construye el sistema.
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